Aunque no lo creas las viviendas de obra nueva también tienen vicios ocultos. No es el mercado de segunda mano el único que se enfrenta a problemas de construcción. Legalmente disponemos de seis meses para hacer las reclamaciones oportunas desde la compra al vendedor de dicha vivienda. Este puede ser desde el propietario al promotor. Durante ese periodo esta figura deberá de responder por estos problemas.

Desde Inmobiliaria punto Barcelona queremos ayudarte para que sepas qué garantías tiene una vivienda de obra nueva. De esta forma te resultará más sencillo reclamar lo que es tuyo y no tener que cargar económicamente con desperfectos que no te corresponden. Si quieres saber más al respecto, no dejes de leer el siguiente post. Comencemos.

Conozcamos qué garantías tiene una vivienda de obra nueva

La LOE, o Ley de Ordenación de la Edificación es la que se encarga de regular el plazo de garantía que dispone la vivienda de obra nueva. Este variará dependiendo del tipo de desperfecto al que nos enfrentemos. Estos desperfectos no deben de ser asumidos por el que compra la vivienda, sino por aquellos que han formado parte de su edificación. Es decir:

  • La promotora.
  • El arquitecto y arquitecto técnico.
  • Y la constructora.

Incluso en el caso de que seamos autopromotores de la vivienda de obra nueva podremos pedir responsabilidades al resto del equipo que ha colaborado en su construcción.  Si existe un “culpable” claro de estos desperfectos, este será el que deba de encargarse de repararlos.

Plazos para realizar las reclamaciones por desperfectos en una vivienda de obra nueva

Como explicábamos unas líneas más arriba los plazos variarán en función del tipo de desperfecto al que vayamos a enfrentarnos. Así dispondremos de:

  • 1 año para poder reclamar los desperfectos de acabados. Ya sea una pared mal tirada, una pintura salta o un suelo mal colocado.
  • 3 años para aquellos defectos en las instalaciones o elementos constructivos. Dichos defectos suelen afectar directamente a la habitabilidad. Por ejemplo un sistema de calderas en mal estado. Un ascensor que no ha sido bien construido o un sistema eléctrico defectuoso.
  • 10 años para poder hacer frente a los defectos estructurales. Este plazo es el más amplio porque por desgracia los defectos estructurales no son siempre visibles a la compra de la vivienda o local comercial de obra nueva. Lo normal y más frecuente es que vayan apareciendo con el paso de los años. Dentro de este grupo se encuentran los posibles problemas de cimentación, pilares en mal estado, muros de contención mal estructurados, etcétera.

¿Cuándo comienza a correr el tiempo para realizar las reclamaciones oportunas?

Muchas personas piensan que el plazo comienza a contar desde el momento en el que se compra la vivienda. Pero esto no es así. El plazo corre a partir de la entrega de la obra que lleva a cabo el constructor. Es decir, que si compras una vivienda de obra nueva un año después de que esta haya sido entregada, ya habrás perdido el plazo para reclamar los desperfectos de acabados. Hay que tener mucho cuidado con este tipo de situaciones pues muchos vendedores de segunda hornada se encuentran con que ya no pueden hacer nada.

Por este motivo desde Inmobiliaria punto Barcelona te recomendamos tener especial cuidado a la hora de adquirir una vivienda. Sobre todo con la compra de viviendas de obra nueva que se encuentran fuera del plazo de garantía de 10 años que da la LOE.

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